REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 03 de agosto de 2011
201º y 152º
ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy miércoles 03 de agosto de 2011, siendo las 10:45 a.m., día y hora fijado, en el acta de inspección de fecha 02 de agosto de 2011, para que tenga lugar la declaración testimonial de la ciudadana LUCIA JACKELINE CASTILLO . Se anunció el acto por el alguacil de este Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Mirla Montilla, IPSA Nº 156.394, quien asiste judicialmente a la solicitante ciudadana Ana Ysabel Retaco Ojeda, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.655.405, quien presenta a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse LUCIA JACKELINE CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 23.420.177, de 20 años de edad, soltera, ama de casa, residenciada en la parroquia Negro Primero, Asentamiento Campesino, Municipio Valencia del Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada ut-supra identificada, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga el testigo si conoce a la ciudadana Ana Ysabel Retaco Ojeda, de vista, trato y comunicación, y desde hace cuantos años? Respondió: Si, desde hace catorce (14) años aproximadamente. Segunda: ¿Diga el testigo si le consta que dichas bienhechurias antes descritas la ha construido a sus solas y únicas expensas? Respondió: Sí, me consta. Tercera: ¿Diga la testigo si sabe y le consta que la ciudadana Ana Ysabel Retaco Ojeda, ha ocupado las referidas bienhechurias en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida y desde hace varios años? Respondió: Si, siempre esta allí y no tiene problema con nadie. Cuarta: ¿Diga la testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: Por que somos vecinas. Es todo, se leyó y conforme firman.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
LUIS ALFREDO ESCALONA El Secretario Accidental
La Testigo
Lucia Castillo
Abogada Asistente
Abg. Mirla Montilla
IPSA Nº 156.394
La Solicitante
Ana Ysabel Retaco Ojeda