REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 9 de agosto de 2011
201° y 152°
Vista la diligencia de fecha diecinueve (19) de julio de 2011, suscrita por la abogada Sorsire Fonseca, procediendo en su condición de Fiscal Tercera ante las Cortes de lo Contencioso Administrativo, en la que solicita un auto para mejor proveer en la presente causa, a los fines de solicitar al Registro Público del Municipio Chacao del Estado Miranda información sobre el tracto sucesivo correspondiente al inmueble constituido por una casa quinta y el terreno en que está construida, ubicado en la Urbanización Campo Alegre, 2da transversal, N° 6, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, protocolizado en dicha oficina de Registro bajo el N° 19, Tomo 17, Protocolo Primero de fecha 28 de junio de 1985.
Este Tribunal en virtud de lo dispuesto en el artículo 401 del Código de Procedimiento Civil no le corresponde en este momento procesal dictar un auto para mejor proveer, sin embargo en aras de la celeridad procesal y en virtud de que lo solicitado puede ser de interés en la presente causa, este Juzgado acuerda lo solicitado, por lo que ordena librar oficio al ciudadano Registrador Público del Municipio Chacao del Estado Miranda, a los fines de que remita a este Órgano Jurisdiccional en un lapso de cinco (05) días contados a partir del recibo del oficio que se ordena librar, la información solicitada por la representación del Ministerio Público.
Líbrense oficio, y anéxese copia certificada de las actuaciones cursantes a los folios diez (10) al trece (13), ochenta y siete (87) de la segunda pieza, y del presente auto.
La Juez de Sustanciación,
Belén Serpa Blandín
El Secretario,
Jhotemberg Blanco Matheus
BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2009-000321
|