REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
201° y 152°
Asunto: AP51-V-2010-018316
Motivo: Régimen de Convivencia Familiar.
Partes: Deivys Amador Carmona Naranjo y Vanessa Yamari Fernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.538.294 y V-18.331.724 respectivamente.-
Abogado parte demandante: Luisana del Nogal, Defensora Pública Décima Cuarta (14°) de Protección, del Área Metropolitana de Caracas.
Abogado parte demandada: Alfredo Rojas Moreno, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.231.
Niños y/o Adolescentes: Se omiten sus datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Por recibido el presente asunto proveniente del Tribunal Décimo Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, se le dio entrada y se fijó la audiencia de juicio para el día de hoy 09/08/2011 a las diez (10:00 a.m.) de la mañana. Ahora bien, anunciado dicho Acto, no compareció el demandante el ciudadano Deivys Amador Carmona Naranjo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.538.294, ni por sí, ni por apoderado judicial. En consecuencia, quien suscribe considera, que el solicitante ha perdido el interés jurídico actual necesario para concluir el procedimiento; y siendo dicho interés establecido en el artículo 16 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y siendo estos presupuesto necesarios para continuar con el mismo, y estando el juzgador en la imposibilidad de impulsarla de oficio, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara extinguido el presente procedimiento por las causas supra identificadas; y así se declara.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los nueve días del mes de agosto de dos mil once. Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
Asunto: AP51-V-2010-018316
Régimen de Convivencia Familiar
ERG/LORG