REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de agosto de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KH02-X-2011-000023

Vista la diligencia presentada en fecha 20/07/2011, por el Abogado EDGAR ANTONIO MATHEUS CARDENAS, por cuanto el demandado no realizo oposición dentro del lapso, este Tribunal declara firme el decreto intimatorio en el juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, presentado por el abogado EDGAR ANTONIO MATHEUS CARDENAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 119.402, contra el ciudadano ELIO EPIFANIO JIMENEZ PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.895.732, de este domicilio. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.

LA JUEZ


MARILUZ JOSEFINA PÉREZ

LA SECRETARIA

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/Milagro