REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
A las 2:00 p-m se constituyó este Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el Tercer Piso del Edificio Nacional ubicado en la carrera 17 con calle 24 y 25, Barquisimeto Estado Lara, sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, acompañados por el actor abogado. Freddy Paredes, Inpre 104.007; a fin de dar cumplimiento al Asunto N° KP02-C-2011-001425, medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, en el juicio por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentado por el abogado FREDDY JOSÉ PAREDES DUGARTE contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA ANRROS, C.A. Impuesto del acto el secretario del referido Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, abogado Roger Adan Cordero, el actor señaló para su embargo la cantidad de dinero depositado en la Cuenta Corriente del Tribunal, correspondiente al asunto KP02-M-11-382. El notificado indicó que en efecto dicha cuenta existe facilitando el físico del Expediente y el libro de consignaciones observando este Juzgado Ejecutor que en el libro de consignaciones al folio 063, correlativo 59, se lee motivo de la consignación cobro de bolívares, consignatario Constructora Anrros C.A., con un saldo de Bs. 24.826,20, a la fecha 03/12/2009, expediente KP02-M-2007-382. Seguidamente este Tribunal a solicitud de la parte actora Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declaró el embargo ejecutivo de la cantidad de Bs. 24.826,20, y que se evidencia en el Libro de Consignaciones, lo desposesionó jurídicamente del patrimonio de la demandada y ordena librar cheque a favor del Juzgado Comitente. Acto seguido El notificado consignó cheque N° 96660151 de la Cuenta Corriente N° 01750050310000018308, de la cual es Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por el monto embargado a nombre del Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ordenándose de inmediato la devolución de la comisión con oficio a los fines consiguientes.. A las 3:00 p.m terminó el acto.