ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005832
PARTE ACTORA: FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL CALZADO, PIELES, DEPOSITOS DE CALZADOS, TIENDAS DE VENTAS DE CALZADOS, CARTERAS, CORREAS, CURTIEMBRES, TALABARTERIAS, SINTETICOS Y SUS SIMILARES DE VENEZUELA (FETRACALZADO)
PARTE DEMANDADA: CALZADO ROSSI
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de diciembre de 2011, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes a la misma; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
MARÍA DÁVILA
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.-
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA
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