REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AH13-V-1984-000008

Vista la diligencia de fecha 30 de Noviembre de 2011, suscrita por la abogada LUISA FERNANDA MÁRQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.865, este Tribunal ordena agregar dicha actuación junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Asimismo en virtud de haber sido designado Juez Provisorio de este Juzgado, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión celebrada el 26 de septiembre de 2008, según oficio Nº CJ-08-2042, y debidamente juramentado por ante la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de octubre de 2008, me aboco al conocimiento de la presente causa en el estado que se encuentra.
Igualmente, visto el contenido de la prenombrada diligencia, en la cual la apoderada judicial de la parte actora solicita la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en el presente juicio, por lo que este Juzgado, previa solicitud de la parte interesada Suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 08 de mayo de 1984, sobre el bien inmueble perteneciente a la ciudadana Yolanda Montenegro Jiménez, parte demandada y participada al Registrador Subalterno del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante oficio Nº 1019, fecha 14 de mayo de 1984, la cual pesa sobre el bien inmueble que se identifica a continuación:
“Un apartamento distinguido con el Nº 12-D, ubicado en el 12º piso del Edificio, situado éste en la Parroquia Santa Rosalia, el cual se denomina RESIDENCIAS REY ARTURO, Urbanización Los Chaguaramos, en el lugar denominado El Carmen, distinguida la parcela con el Nº 48, zona 3 del Departamento Libertador. Sus linderos son los siguientes: NORTE: Con la fachada Norte del edificio, SUR: En parte con el apartamento 12-A y en parte con el área de circulación común de la Planta, ESTE: Con fachada este del Edificio y OESTE: En parte con el apartamento 12-C y en parte con área de circulación común de la Planta.”

Dicho inmueble pertenece a la ciudadana Yolanda Montenegro Jiménez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.140.141, según documento protocolizado por ante el Registrador Subalterno del Cuarto Circuito de Registro del Departamento Libertador (hoy Municipio) del Distrito Federal (ahora Capital), en fecha 01 de febrero de 1982, bajo el Nº 13, Tomo 4, Protocolo Primero.
Líbrese oficio al registro correspondiente a los fines de que tome la nota marginal respectiva y acuse recibo a este Tribunal.
EL JUEZ

DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA

Abg. DIOCELIS PÉREZ BARRETO



Asunto: AH13-V-1984-000008
JCVR/ DPB/ Iriana.-