REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KH02-X-2011-000003

Vista la diligencia presentada en fecha 28/11/2011, por el Abogado ZALG SALVADOR ABI HASSAN, por cuanto el demandado no realizo oposición dentro del lapso, este Tribunal declara firme el decreto intimatorio en el juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES seguido por el ciudadano ZALG SALVADOR ABI HASSAN, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.585, contra el ciudadano NESTOR LUIS MARCANO GOTTO , venezolano, mayor de edad, titular de la ciudadana la identidad N° 10.543.367. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
LA JUEZ



MARILUZ JOSEFINA PÉREZ

LA SECRETARIA

ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Milagro