REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-S-2011-007485

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: GLADYS ANTONIA MARCHAN MADRIZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.436.887, de este domicilio, quien actúa en nombre y representación de su hija la ciudadana MAIYULI TENAY MARCHAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.509.627, asistida por la Abogada Lesbia Rafaela Vargas, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 51.487, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante GLADYS ANTONIA MARCHAN MADRIZ, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana GLADYS ANTONIA MARCHAN MADRIZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
EL JUEZ TEMPORAL


ABG. JOSE ALFONSO OCHOA.

El Secretario Accidental

Abg. Christian Torres
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/CT/y
El Secretario Accidental