REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 12 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: RK11-P-1999-000007
ASUNTO: RK11-P-1999-000007

Definitivamente firme como ha quedado, la sentencia dictada en fecha 15 de Diciembre de 2009, dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se acuerda el sobreseimiento de la causa al penado ARIS JOSÉ BELLO BRITO, venezolano, nacido el 11-05-1970, titular de la cédula de identidad N° 11.441.560, de oficio Obrero, domiciliado en el Canchunchu Viejo, calle Gran Mariscal, casa N° 57, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre, hijo de Pedro Manuel Bello y Juana Bautista Bello; como autor del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal Vigente para la fecha en que ocurrió el hecho, en perjuicio de JULIO MANUEL RIVERA VARGAS de conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7, 318 ordinal 3, 322 Y 323 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto se observa que éste Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, no tiene materia sobre la cual decidir de conformidad al articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal; se ordena remitir al Archivo Central, a los fines de su guarda, custodia y posterior remisión al Archivo Judicial; instando al ciudadana Secretaria Administrativa dar terminada la presente causa en su correspondiente oportunidad, Cúmplase.
El Juez Primero de de Ejecución
Abg. Abelardo Royo
LA SECRETARIA,
Abg. María Auxiliadora Quiñónez.