REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 31 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO: AH18-X-2001-000001

Vista la diligencia que antecede de 13 de enero de 2011, suscrita por la ciudadana Luisa Cristina Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 65.039, apoderada judicial de la parte actora, el pedimento en ella contenido, en virtud que la parte demandada, pagará la totalidad de la deuda mediante préstamo hipotecario que ya fue aprobado por la Caja de Ahorro del Poder Judicial y se evidencia mediante comunicación consignada cursante en el folio 156. En consecuencia, este Tribunal Suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada mediante, oficio No. 01-10522 y Embargo Ejecutivo decretado en fecha 25-05-2001, que recayó sobre el siguiente bien inmueble: “apartamento destinado a vivienda, integrante del edificio denominado Los Turpiales 8, el cual forma parte del sector Los Turpiales de la Urbanización Parque Residencial El Marques, ubicado en la ciudad de Guatire en el lugar conocido como Lote “A” sector uno de la hacienda, el marques-vega abajo, Guatire, en jurisdicción del municipio Zamora del estado miranda, esta distinguido con el No. 8-B-3 de la tercera planta del mencionado edificio, tiene un área aproximada de 62,51 mts2. le corresponde un porcentaje inseparable de la propiedad del mismo de 0,29.761.905%, sobre las cosas y cargas comunes del sector Los Turpiales y 0,0497.967% sobre las cosas y cargas comunes de la urbanización parque residencial el marques, consta de tres (03) habitaciones, baño, salón-comedor y cocina-lavadero y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NOROESTE: fachada noroeste del edificio, NORESTE: apartamento No. 8-A-3 SURESTE: en parte fachada interna del edificio que da al patio interior del edificio y en parte pasillo del piso y SUROESTE: fachada suroeste del edificio, le corresponde el uso exclusivo de un puesto de estacionamiento distinguido con el No. 8-B-3. dicho inmueble le pertenece a Dianny Gutiérrez Velásquez, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 6.855.259, según documento registrado bajo el No. 3, protocolo primero, tomo 18, de fecha 11-09-98”. Líbrese Oficio de Participación.-
EL JUEZ,


DR. CESAR MATA RENGIFO

LA SECRETARIA,

ABG. INES ELENA BELISARIO

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.

LA SECRETARIA,

ABG. INES ELENA BELISARIO




CMR/IEB/maira.-
Asunto: AH18-X-2001-000001