KP11-D-2009-000062REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Carora)
Carora, 24 de Enero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: KP11-D-2009-000062

DECLARACION DE REBELDIA Y ORDEN DE CAPTURA


En fecha 25-03-2010 este Tribunal en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Penal Adolescentes con sede en la ciudad de Carora, acordó librar orden de ubicación contra el joven xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Carora, Estado Lara, en la causa que se le sigue por el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal .

En fecha 19-01-2010, este Tribunal recibe comunicación No 114-2010-CCPT-EPC, de fecha 19-01-2010, procedente del Centro de Coordinación Policial de Torres Estación de Policía de Carora, en el cual, remiten acta policía de fecha 18-01-2010, donde los funcionarios policiales, dejan constancia que al llegar a la residencia del adolescente fueron informados por el ciudadano César Jesús Manzano Vásquez 17.342.458, quien señaló que no conoce al joven mencionado
Ahora bien, ante esta circunstancia este Tribunal considera que el joven imputado debe ser declarado en rebeldía y se ordena su captura.





DECISION

Por lo antes expuesto, este Tribunal en funciones de Control No1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Penal Adolescentes, con sede en Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, declara en Rebeldía al XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y en consecuencia ordena su captura. Líbrense oficios a los respectivos cuerpos de seguridad a los fines de proceder a la captura del joven imputado. Notifíquese al Fiscal 24 del Ministerio Público y a la Defensa.


El Juez de Control No 1

Abg. Gerardo Pastor Arias El Secretario