REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2011-000610
Visto el escrito que antecede contentivo de la transacción presentada por el abogado JONATHAN VARELA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.054, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, BIMBO DE VENEZUELA, C.A., y por el ciudadano ELIO ANTONIO ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 12.682.978, en su carácter de parte actora, debidamente representado por el abogado DAVID ORIHUELA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 125.862, mediante la cual la parte demandada cancela la cantidad de Bs. 165.000,00, a la parte actora, mediante cheque N° 67165093, girado contra la cuenta 0105002903 1029254796, del Banco Mercantil, de fecha 14 de febrero de 2011; manifestando que recibe y nada queda a deberle la empresa como consecuencia del presente juicio, ni por ningún otro concepto, diferencia o complemento, que tenga como causa de la relación laboral que lo vinculó con Bimbo; otorgando a la empresa su más amplio y absoluto finiquito; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes.
LA JUEZ

EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ CARLOS MORENO