ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003896
PARTE ACTORA: ESPERANZA RAMIREZ PORTILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: “JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS SOTAVENTO”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Roshermari Vargas
TERCERO: “ADMINISTRADORA INTEGRAL ELB, C.A. (ANTES ADMINISTRADORA INTEGRAL ELB, S.R.L.)”
APODERADOS DEL TERCERO: RAIFF HAZANOW y Jeaneth Guevara
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, martes primero (01) de enero de 2011, día y hora fijado 09:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”, incoado por la ciudadana: ESPERANZA RAMIREZ PORTILLA contra la demandada “JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS SOTAVENTO”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: ROSHERMARI VARGAS, titular de la cédula de identidad N° 10.000.215, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.465, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada “JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS SOTAVENTO”, según poder que consta en autos, igualmente comparecen los ciudadanos RAIFF HAZANOW y JEANETH GUEVARA, titulares de las cédulas de identidad N° 4.084.167 y 5.299.600, respectivamente, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 18.224 y 18.190, en igual orden, en su carácter de apoderada judiciales del TERCERO “ADMINISTRADORA INTEGRAL ELB, C.A. (ANTES ADMINISTRADORA INTEGRAL ELB, S.R.L.)”, según poder que consta en autos, quienes exponen: “Desistimos en este acto del escrito de tercería de presentado en fecha 31-01-2011, es todo”. Se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Así mismo este Tribunal homologa el desistiendo de la tercería presentada en fecha 31-01-2011. Se deja constancia que la parte demandada y el tercero presentaron escritos de pruebas al inicio de la audiencia, los cuales fueron devueltos. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los primero (01) días del mes febrero de dos mil once (2011). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 151° y 200°
El Juez


Abg. Franklin Porras Mendoza





Los Presentes

La Secretaria
Abg. Eva Cotes