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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Décimo (10°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, Veinticuatro (24) de febrero de dos mil once (2011)
 200º y 151º
 ASUNTO: AP21-S-2011-0000335
 PARTE OFERENTE: GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A.
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARIA MENDOZA
 PARTE OFERIDA: JUAN  CASTILLO
 ABOGADO ASISTENTE DE  LA PARTE OFERIDA: ALEXANDER PEREZ
 MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
 
 Visto escrito de Transacción de fecha 22 de febrero de 2011, presentada por los ciudadanos ALEXANDER PEREZ, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 63.145, quien asiste a la parte Oferida ciudadano JUAN CASTILLO, cédula de identidad Nº V-82.124.354 y MARIA MENDOZA, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 119.082, en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A.; este Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción; cuyo monto fue por Bs. F. 49.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.  Asimismo, se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial, una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan los recursos pertinentes. Así se establece.-
 
 La Juez
 
 Yrma Romero
 
 La Secretaria
 
 Keyu Abreu
 
 
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