REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-000214
Vista la diligencia presentada por la ciudadana NANCY LOPEZ PEDREIRO, titular de la cedula de identidad N° 14.216.771, en su carácter de parte oferido, asistida por el abogado en ejercicio JESUS MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 135.349 y por la otra parte el abogado SEBASTIAN NASTARI en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.521 actuando en su carácter apoderado de judicial de la parte oferente, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en el instrumento Poder otorgado por la parte oferente y, por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden publico ni derechos irrenunciables de la trabajadora, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. La presente transacción es por la cantidad de Bs. 30.201,17; Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenara dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo Judicial.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Jennifer Martínez
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