REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 24 de Febrero de 2011
200º y 152º
ASUNTO: AH18-X-2011-000010
Tal y como fue ordenado en el auto de admisión proferido en fecha 17-02-11, en el Cuaderno Principal de este expediente se abre el presente Cuaderno de Medidas en el juicio que por Ejecución de Hipoteca, incoado por los abogados José Antonio González y Alberto Villamizar, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos. 31.851 y 107.148, respectivamente, procediendo con el carácter de apoderada judicial del Banco Internacional de Desarrollo, C.A., Banco Universal, plenamente identificado, contra el ciudadano , venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V. 3.700.480. Ahora bien, llenos como se encuentran los extremos exigidos en el artículo 661 del Código de Procedimiento Civil, se DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente inmueble: “Un inmueble constituido por un lote de terreno de un área de Sesenta Mil Metros Cuadrados (60.000 Mts2), conformados por los lotes 3, 5 vector 10 y lote 6 comprendidos en las coordenadas UTM: Para el lote 3: Punto V-3: 1.084.525.35, Este: 478.318.99, Punto V4: Norte 1.084.521.07, Este: 478.520.33, Punto V-5: Norte: 1.084.635.59, Este: 478.510.97, Punto V-6: Norte: 1.084.658.84, Este: 478.306.21. Para el lote 5 vector 10: Punto V-10: Norte: 1.084.790.84, Este: 478.293.57. Para el lote 6: Punto V-6: Norte: 1.084.658.84, Este: 478.306.21, Punto V-5: Norte: 1.084.635.60, Este: 478.510.97, Punto V-9: Norte: 1.084.750.12, Este: 478.501.61, Punto V-10: Norte: 1.084.790.84, Este: 478.293.57, los cuales pertenecen a un terreno de mayor extensión de un área aproximada de Ochenta y Siete Hectáreas con Nueve Mil Ciento Sesenta y Seis Metros Cuadrados (87Has.9166Mts2) y se encuentra dentro de los siguientes linderos y medidas : NORTE: Con terreno que son o fueron de los señores, Luís Laczky, Pedro Rondón y Alberto Palumbo en mil doscientos ochenta metros (1280 Mts); SUR: Con terrenos que son o fueron del Sr. José Quijada Bellorin en mil doscientos treinta y cinco metros (1235 Mts): ESTE: Con terrenos que son o fueron del Sr. Teodoro Quijada Bellorin, en seiscientos treinta metros (630 Mts); OESTE: Con terrenos que son o fueron de pepsi cola, sucesión Zerpa, P. González, A. Valverde. M. Aporto, J. García en novecientos treinta y cinco metros (935 Mts)”. Dicho Inmueble pertenece al ciudadano Teodoro Quijada Bellorin, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.700.480, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha 19 de noviembre de 1992, bajo el Nº 46, Tomo 26-Pro., folio 11. Ofíciese al registrador respectivo, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente y acuse recibo de dicha participación. Líbrese oficio de participación.-
El Juez
Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria
Abg. Inés Belisario Gavazut
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto.-
La Secretaria
Abg. Inés Belisario Gavazut
CAMR/IBG/José
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