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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, nueve de febrero de dos mil once
 200º y 151º
 ASUNTO: AP31-S-2011-000946
 Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos PATRICIA SABRINA BORTONE PERUCH y JEAN CARLOS CORRENTE QUESADA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.247.856 y V-16.705.684, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada GLADYS RONDON SULBARAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.098, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena  del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos PATRICIA SABRINA BORTONE PERUCH y JEAN CARLOS CORRENTE QUESADA, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 7 de febrero de 2011, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
 EL JUEZ
 
 NELSON GUTIERREZ CORNEJO
 LA SECRETARIA,
 ABG. ERICA CENTANNI SALVATORE
 
 
 NGC/EC/Yessica**
 
 
 
 
 
 
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