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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal 33º de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 07 de  Febrero del año 2011
 200º y 151º
 
 
 Visto diligencia suscrita en 03 de Febrero del año 2011, suscrito por  el abogado, Fernando  Huncal Rojas  inscrito en el Inpreabogado N° 131.225, en su carácter de abogado asistente la parte actora Silvia  Vanessa Vismara, mediante el cual en nombre de su representada  DESISTE  formalmente del procedimiento  incoado en contra de  Sociedad de Comercio domus Fine Flooring C.A., solicitando así mismo,  se le imparta su correspondiente homologación,   y además el cierre y archivo  del  expediente.
 Examinadas las actas procesales, se evidencia  que el juicio se encuentra en fase procesal anterior a la contestación de la demanda por lo que no requiere  el consentimiento de las codemandadas  de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este  Juzgado declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO en los términos planteados. Se da  por terminado el juicio y se ordena el archivo del Expediente. Así se Establece.
 
 La Juez
 
 
 ABOG. Mónica Quintero Aldana
 LA SECRETARIA,
 
 ABOG. Olga Díaz
 
 En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
 
 LA SECRETARIA,
 
 ABOG. Olga Díaz
 
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