REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 09 de febrero de 2011
200° y 151

Vista la sentencia de fecha 16 de octubre de 2007, mediante la cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo revocó el auto de fecha 26 de julio de 2007, en el que se ordenó practicar el cómputo de los días continuos transcurridos desde la oportunidad en la que se libró el cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Josefina Aguilera, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Carlos Montesino Acosta, contra el acto administrativo Nº CU220 de fecha 11 de noviembre de 2003, dictado por el Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo, y ordenó remitir el presente expediente a este Juzgado a los fines de que realice nuevamente el cómputo, tomando en cuenta que debe ser realizado por días de despacho, en acatamiento al criterio establecido con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la referida sentencia Nº 2.477 de fecha 18 de diciembre de 2006, este Juzgado para proveer observa:
Mediante auto de fecha 08 de noviembre de 2006, este Juzgado admitió la presente causa conforme a la para entonces vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y ordenó la publicación del cartel de emplazamiento acogiendo el criterio establecido mediante sentencia dictada por la Sala Político Administrativa en fecha 11 de agosto de 2005 Nº 05481.

Ahora bien, este Tribunal, en estricto acatamiento a lo dispuesto en la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, y notificadas como se encuentran las partes de la misma, acuerda el desglose del Cartel de emplazamiento librado en fecha 14 de junio de 2007, y realizar el cómputo conforme a lo ordenado por la mencionada sentencia, el cual se efectuará una vez que conste en autos la notificación de la ciudadana Procuradora General de la República conforme a lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica que rige sus funciones, vencido que sea el término previsto para la notificación. Líbrese oficio.
La Juez de Sustanciación,

Belén Serpa Blandín

El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus

BSB/JBM/JAB/dvt
Exp: AP42-N-2004-001780