REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 4
Barquisimeto, 03 de Febrero del 2011
Años 200° y 151°
ASUNTO: KP01-P-2010-009637
Constatado como fue que se recibió notificación a este Tribunal por parte de la Fiscalía del Ministerio Público de este Estado informando que Decretó el Archivo Fiscal conforme lo señalado en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal; facultad esta que le fue conferida a la Vindicta Pública en atención a las normativas indicadas en los artículos 11, 24, 108 ordinal 5 de la Norma Adjetiva; 285 ordinal º6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 37 ordinal 15º de la Ley orgánica del Ministerio Público y verificado que reúne los requisitos establecidos en las normativas de Ley ya señaladas; este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: El cese de todas las Medidas Cautelares en razón de DESCONOCIDOS, (FUNCIONARIOS DEL DESTACAMENTO Nº 5 DE LAS FUERZAS ARMADAS POLICIALES DEL ESTADO LARA), asimismo Cesa su condición de Imputados en el presente asunto, quedando a salvo la posibilidad de reanudarse la causa, cuando surjan nuevos elementos..
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes.
EL JUEZ
ABG. LUIS MARTINEZ
LA SECRETARIA