TRIBUNAL TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


En el día de hoy, 10 de febrero de 2011, siendo las 9:40 de la mañana, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio BULMARO PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.318, en el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial distinguido con el Nro. 5-G, que forma parte de los Multilocales denominados Paseo Girardot, ubicado en la avenida constitución Nro. 96-88, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3565, contentiva del decreto de SECUESTRO, emanado del Juzgado Sexto de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro.1735. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano RICHARD HENRY GARCIA ZAMUDIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. E-83.556.263, quien quedo notificado de la misión del tribunal. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio BULMARO PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.318, expone: Señalo al Tribunal para que sea SECUESTRADO, el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial distinguido con el Nro. 5-G, que forma parte de los Multilocales denominados Paseo Girardot, ubicado en la avenida constitución Nro. 96-88, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara SECUESTRADO, el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial distinguido con el Nro. 5-G, que forma parte de los Multilocales denominados Paseo Girardot, ubicado en la avenida constitución Nro. 96-88, Municipio Valencia del Estado Carabobo, y lo deja bajo la guarda y custodia de la parte actora, Inversiones 18 C.A, representada por el abogado Bulmaro Peña, tal como fue acordado por el tribunal de la causa. Acto seguido el ciudadano RICHARD HENRY GARCIA ZAMUDIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. E-83.556.263, expone: Manifiesto al tribunal que procedo a trasladar todos mis bienes muebles y equipos de computación a mi cuenta y riesgo. Seguidamente el Tribunal, declara cumplida su misión en cuanto ala medida de secuestro, libera a la depositaria judicial designada, deja expresa




onstancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 10:40 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.