TRIBUNAL TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
En el día de hoy, 10 de febrero de 2011, siendo las 11:00 de la mañana, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogada en ejercicio MAIRA LARA BORGES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.105, en el inmueble ubicado en la avenida 65 con 101, galpón sin número, Municipio San Diego del Estado Carabobo, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3566, contentiva del decreto de EMBARGO PREVENTIVO, emanado del Juzgado Sexto de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro. 1.666. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana MONICA ALEJANDRA CORREA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 15.956.453, quien quedo notificada de la misión del tribunal. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio MAIRA LARA BORGES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.105, expone: Solicito al tribunal designe depositaria judicial y perito avaluador a los fines de ley. Acto seguido el tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil depositaria Judicial Venezuela, C.A, en la persona de su representante legal ciudadano JORGE LUIS D´LIMA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.4.133.506, y perito avaluador al ciudadano FERNANDO OJEDA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.370.466, quienes presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio MAIRA LARA BORGES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.105, expone: Señalo al Tribunal para que sea EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el vehiculo propiedad de la demandada ciudadana MONICA ALEJANDRA CORREA, marca CHEVROLET, modelo AVEO, color PLATA, año 2007, serial de carrocería 8Z1TJ61637V3385237, serial de motor 37V338527, placa BBX29C, clase AUTOMOVIL, uso PARTICULAR, y pertenece a la demandada según consta en certificado de propiedad Nro. 28756422, de fecha 1 de diciembre de 2009. Seguidamente el perito avaluador manifiesta que el vehiculo señalado presenta un rayón en la parte trasera derecha, tapicería manchada, tiene radio reproductor, cauchos regular estado, se desconoce su funcionamiento y vicios ocultos, con* un kilometraje de 66.874 y alcanza un valor de
Sesenta Mil Bolívares (Bs.60.000,00). Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, hasta por el monto de Treinta y Siete Mil Ochocientos Bolívares ( Bs. 37.800,00), el vehiculo propiedad de la demandada ciudadana MONICA ALEJANDRA CORREA, marca CHEVROLET, modelo AVEO, color PLATA, año 2007, serial de carrocería 8Z1TJ61637V3385237, serial de motor 37V338527, placa BBX29C, clase AUTOMOVIL, uso PARTICULAR, y pertenece a la demandada según consta en certificado de propiedad Nro. 28756422, de fecha 1 de diciembre de 2009, y ordena el traslado a la depositaria judicial designada, lo cual hará la misma demandada a su cuenta y riesgo. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, libera a la depositaria judicial designada, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 12:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
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