Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
SOLICITANTE (S): FRANCYS ELENA ROSALES MENDOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.502.269, de este domicilio, debidamente asistida por el Dr. VICTOR JOSÉ GONZALEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.755.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 4419.
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 18 de noviembre de 2010, por la ciudadana FRANCYS ELENA ROSALES MENDOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.502.290, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio VICTOR JOSÉ GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.30.755, mediante la cual solicita sea declarada como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” en sus condición de hija del de cujus, FRANCISCO ANTONIO ROSALES GOMEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.919.296, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 24-10-2.010. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas las testigo ciudadanas Arias Lugo Maria Mercedes y Campoy Hernández Sinahi Josefina, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.145.395 y V-7.110.535 respectivamente, ambas de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana FRANCYS ELENA ROSALES MENDOZA, ut supra identificada, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” del de cujus, FRANCISCO ANTONIO ROSALES GOMEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, identificado de la cédula de identidad Nro. V-3.919.296, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 24-10-2.010, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 171, Tomo I, Año 2.010, en los Libros de Registro Civil, de la parroquia Catedral del Municipio Valencia, estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veintitrés (23) días del mes de febrero del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,
ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:00 horas de la mañana.-
La Secretaria Titular,
Exp. Nro. 4471.-
JGRG/mical.-
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