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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, siete de julio de dos mil once
 201º y 152º
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-000413
 PARTE ACTORA: MILAGROS LUISA OLAIZOLA
 APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: BLANCA ZAMBRANO CHAFARDET
 PARTE DEMANDADA: C.A. METRO DE CARACAS
 APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JULIO CÉSAR OBELMEJÍAS AVENDAÑO y OTROS
 MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 Hoy, 07 de julio de 2011 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma de la parte Actora MILAGROS LUISA OLAIZOLA, cédula de identidad NºV-5.537.402, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno.  Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada C.A. METRO DE CARACAS, su apoderada judicial, abogada GISELLE COROMOTO BOLÍVAR COLMENAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº48.191, acreditación que consta en autos. En consecuencia, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO.  Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente y se instará a las partes a retirar los escritos de promoción de pruebas y anexos aportados al inicio de la Audiencia Preliminar. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y  201.
 La Jueza
 
 Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
 El Secretario
 Abog. Dayana Díaz
 Apoderada Judicial de la Parte Demandada
 
 Se deja constancia que en el día de hoy siete (07) de julio de dos mil once (2011), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
 El Secretario
 Abog. Dayana Díaz
 
 
 
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