LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL
Exp. No. 006706

En fecha 08 de junio de 2010, se recibió el presente expediente del Juzgado Distribuidor, proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo la cual se declaró incompetente y declinó su conocimiento en los Juzgados Superiores Contenciosos Administrativos de la Región Capital, para conocer del recurso contencioso administrativo, conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por la abogada en ejercicio GREGORIANA SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 49.556, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MIRIAN JOSEFINA SALAS ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.595.922, contra el acto administrativo S/N de fecha 30 de mayo de 2007, emanado del Consejo de Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad Central de Venezuela.

En fecha 15 de julio de 2010, este Tribunal asumió la competencia y se avocó al conocimiento de la presente causa, y admitió la querella de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.

Ahora bien, tal y como se evidencia de autos, desde el 15 de julio de 2010, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento, razón por la cual, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los veintiún (21) días del mes de julio de dos mil once (2011). Años 201° y 152°
EL JUEZ PROVISORIO,


FERNANDO MARÍN MOSQUERA


EL SECRETARIO,

LUIS ARMANDO SÁNCHEZ
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de ley.
EL SECRETARIO,












Exp.006706
Abraham