REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 20 de julio de 2011
201º y 152º

ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy 20 de julio de 2011, siendo las 12:25 a.m., día y hora fijado, por auto de fecha 19 de julio del presente año, para que tenga lugar la declaración testimonial del ciudadano Julio Ramón Villegas Pacheco. Se anunció el acto por el alguacil de éste Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Mirla Montilla, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 156.394, actuando en su carácter de abogada asistente de los solicitantes ciudadanos Rafael Antonio Gutiérrez Ceballo y Miguelina del Carmen Cueche Peña, titulares de la cédula de identidad Nº 3.577.586 y 4.201.433, quienes presentan a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse JULIO RAMÓN VILLEGAS PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº 11.153.430, de 40 años de edad, soltero, tecnólogo en gas, residenciado en el Asentamiento Campesino Altos del Paito, calle Los Fiscus, Nº 64, Parroquia Miguel Peña Municipio Valencia Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada Mirla Montilla, supra identificada, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga el testigo si conoce de vista y trato y comunicación a los ciudadanos Rafael Antonio Gutiérrez Ceballo y Miguelina del Carmen Cueche Peña desde hace varios años? Respondió: si lo conozco desde hace doce (12) años aproximadamente. Segunda: ¿Diga el testigo si le consta que dichas bienhechurías antes descritas las han construido a sus solas y únicas expensas a los ciudadanos Rafael Antonio Gutiérrez Ceballo y Miguelina del Carmen Cueche Peña? Respondió: si me consta, Tercera: ¿Diga el testigo si sabe y le consta que han ocupado a los ciudadanos Rafael Antonio Gutiérrez Ceballo y Miguelina del Carmen Cueche Peña las referidas bienhechuría en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida desde hace varios años? Respondió: Si. Cuarta: ¿Diga el testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: Por que somos vecinos y compartimos muchos. Es todo, se leyó y conforme firman.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA CARPIO
El Testigo
Julio Villegas Solicitante
Rafael Antonio Gutiérrez Ceballo
Abg. Mirla Montilla
Abogada Asistente
Miguelina del Carmen Cueche Peña
SOLICITUD Nº 00207.
TITULO SUPLETORIO