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Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
 Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
 Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio
 Caracas, siete (07) de julio de dos mil once (2.011)
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP51-J-2011-011165
 Vista el acta que inmediatamente antecede, levantada con ocasión de la celebración de la AUDIENCIA UNICA en el presente procedimiento de CURATELA, incoado por el ciudadano HUGO DANIEL FIGUEROA MUÑOZ , ampliamente identificado en autos, a favor de su hijo, el niño (Se omite su identificación de conformidad con el art. 65 LOPNNA), actualmente de ocho (08) años de edad,  de la cual se evidencia que la referido ciudadano no compareció personalmente o mediante apoderado o apoderada judicial sin causa justificada a la referida audiencia, y tampoco compareció la ciudadana DOMINGA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.529.746, quien fue propuesta para ejercer el cargo de CURADORA AD HOC del precitado niño, en consecuencia, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en acatamiento a las disposiciones contenidas en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara DESISTIDO el presente procedimiento, advirtiéndole a la parte solicitante que este desistimiento extingue la instancia, sin embargo podrá intentar nuevamente su solicitud, una vez haya transcurrido un (01) mes, contado a partir del día siguiente al de hoy. En tal virtud, se ordena la devolución de los originales consignados, previa certificación en autos, así como el CIERRE y ARCHIVO DEFINITIVO del expediente. Cúmplase.
 Publíquese y Regístrese.
 Dada, firmada y sellada, en el Despacho del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia  de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Caracas, a los siete (07) días del mes de julio de dos mil once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
 El Juez,
 Fdo.
 Abg. Jorge Gustavo Mirabal.
 
 La Secretaria,
 Fdo.
 Abg. Lucy Pedroza.
 
 
 JGM/LP/Salvador Mata*
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