REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN
Caracas, dieciocho (18) de julio de dos mil once (2011).
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2010-001903
Vistas las actas que conforman el presente asunto, en especial al acta levantada en fecha 01/07/2011, en la cual se evidencia que no comparecieron personalmente los ciudadanos HODRA XADRET GARCIA AZUAJE y EFRAÍN JOSE VIVAS BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.755.715 y V-13.608.918, en su carácter de parte demandante y demandada en el presente juicio, respectivamente, solo compareció el apoderado judicial de la parte demandada, a los fines de celebrar la Audiencia Preliminar (Fase de Mediación), de conformidad con lo establecido en el artículo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 472 y 469 de la mencionada Ley, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la demanda OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a la parte demandante, que podrá intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
La Juez,
Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
La Secretaria,
Abg. KARINA BORREGO.
RC/KB/YG.-
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