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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Nacional de Adopción Internacional
 TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
 DE MEDIACIÓN y SUSTANCIACIÓN
 Caracas, veinte (20) de Julio de dos mil once (2011).
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP51-J-2011-009220
 
 Vistas las actas que conforman el presente asunto, es especial al acta levantada en esta misma fecha, en la cual se evidencia que no compareció el ciudadano RAFAEL AGUSTIN PENA MORALES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.227.651, ni de su apoderado judicial a la UNICA AUDIENCIA, fijada para el día de hoy en el presente asunto; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE REGISTRO CIVIL. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a las partes solicitantes, que podrán intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se decide.
 La Juez,
 
 Abg. ROSA YAJAIRA CARABALLO.
 La Secretaria,
 
 Abg. KARINA BORREGO.
 
 RC/KB/YG.-
 
 
 
 
 
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