REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 14 de Julio de 2011.
Año 201° 152°
ASUNTO: KP02-J-2011-002418
SOLICITANTE: WILSON ALEXANDER TONA ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.858.518 y de éste domicilio.
ASISTIDOS POR: Abogado VICTOR HUGO ARAUJO, en su carácter de Defensor Público Cuarto con competencia en materia de protección del Niño, Niña y Adolescente.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
MOTIVO: justificativo de Testigos
En fecha 31 de Mayo del 2011, se recibió escrito acompañado de recaudos, presentado por el ciudadano WILSON ALEXANDER TONA ESCOBAR antes identificado; mediante el cual expone que desde hace dos años y medio la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, vive con el ya que tiene una relación de hecho con su madre, ciudadana YESIMAR ARIANNY CAMACARO RODRIGUEZ, asumiendo desde entonces su responsabilidad de crianza y manutención, cubriendo sus gastos médicos, medicinas, educativos brindándole amor y cuidado, igual que a una hija biológica, razones por las cuales solicita se autorice para incluir a la niña de autos en los beneficios laborales, prima por hijo, plan vacacional, escolares, juguetes, medicinas, y HCM, y otros beneficios laborales que le corresponden a los hijos de trabajadores de la empresa KRAFT FOODS, en la cual labora como OBRERO GENERAL.
Este Tribunal admitió dicha solicitud mediante auto dictado el 03 de junio de 2011, y acordó a los testigos que presente el solicitante, y suprime la audiencia preliminar dada la naturaleza del asunto.
En fecha 10 de junio de 2011, comparecieron los ciudadanos ROSANA MARGIERI ROA DE TORCATEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.003.317 y el ciudadano WILSON ORLANDO ORTIZ ALMAO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.735.889, en calidad de testigos en la presente causa, quienes fueron contestes en afirmar los hechos narrados en la solicitud.
DECISION
Vistas y analizadas las actas que conforman el presente expediente, y la declaración de los testigos ya identificados, quienes fueron contestes en conocer los hechos narrados en la solicitud, los cuales se aprecian como idóneos conforme el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil este Tribunal, encuentra procedente la solicitud, haciendo interpretación extensiva de lo establecido en el literal “l” del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y conforme al principio que rige el interés superior de la niña, consagrado en el artículo 8 ejusdem, este Tribunal AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la EMPRESA KRAFT FOODS, en su condición de patrono del ciudadano WILSON ALEXANDER TONA ESCOBAR, ya identificado, para que incluya a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES en los beneficios laborales, prima por hijo, plan vacacional, escolares, juguetes, medicinas, y HCM, y otros beneficios laborales que el solicitante disfruta como trabajador de la empresa mencionada.
Hágase entrega del original a la solicitante, dejando copia certificada por Secretaría a los efectos estadísticos del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto, a los catorce (14) días del mes de Julio de dos mil Once (2011).
LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,
Abg. ROSANGELA M. SORONDO.
LA SECRETARIA,
Abg. OLGA DAAL
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1730-2011 y se publicó siendo las 11:32 a.m.
LA SECRETARIA
Abg. OLGA DAAL
RMS/Diana-
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