REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-F-2010-000968
PARTE SOLICITANTE: ROSA YSABEL REYES DE ORTIZ, venezolana, mayor de edad y Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-4.736.570, de este domicilio.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE FILIACIÓN.
Transcurrido como ha sido el plazo fijado en el auto de fecha 10-11-2010, este Juzgador observa que hasta la presente fecha, la parte actora no ha cumplido con lo solicitado en dicho auto, a tenor de lo previsto en el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de RECONOCIMIENTO DE FILIACIÓN, formulada por la ciudadana ROSA YSABEL REYES DE ORTIZ, venezolana, mayor de edad y Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-4.736.570, de este domicilio.-
La Juez, La Secretaria,
Abg. Eunice Beatriz Camacho Manzano. Abg. Bianca M. Escalona.
EBCM/BE/Lndem.-
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