En horas de despacho del día de hoy, Seis (06) de Julio de dos mil Once (2011), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las puertas de un inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización Camoruco, Avenida 104, Casa N° 133-83, Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de los Abogados JULIANNY BANDRES MENDOZA y EDUARDO BERNAL ACUÑA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 99.756 y 6.585, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana FRANCA BATTAGLINO, a los fines de practicar la medida innominada decretada por el comitente, referida al Régimen de Convivencia Familiar. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión de la Policía de Carabobo conformada por dos funcionarios de la Policía del Estado Carabobo a cargo de la Sargento Segundo CARMEN ESQUEDA, Placa N° 2422. Seguidamente el Tribunal procede a dar los tres (3) toques de Ley, siendo atendido por el ciudadano VALENTINO BATTAGLINO, quien al informarle de la misión manifestó que no perdiéramos el tiempo hablando con él, que el tenia órdenes expresas de su abogado de no abrir la puerta a nadien aunque fuese un Tribunal y procedió a meterse a la casa cerrando las puertas. Seguidamente el Tribunal procedió nuevamente a tocar las puertas del inmueble y hacer llamado al ciudadano VALENTINO BATTAGLINO, a los fines de notificarlo de la misión encomendada. Posteriormente el ciudadano VALENTINO BATTAGLINO, titular de la cedula de identidad N° 12.102.615, atendió el llamado del Tribunal, salió a las puertas de su inmueble se le impuso de la misión a realizar, se le hizo entrega del contenido del despacho en copia simple haciéndole de su conocimiento de la importancia de dar cumplimiento a la medida ordenada por el comitente. El notificado manifestó que el iba a cumplir con la medida. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. El Tribunal hace constar que no se presentó incidencia alguna. Es todo. Siendo las 10:15 del medio día el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA TEMPORAL, (Fdo.) firma ilegible. DRA. ZORKA CARBONELL. PARTE ACTORA, (Fdo.) Firma Ilegible. LA FUNCIONARIA POLICIAL, (Fdo.) firma ilegible. EL DEMANDADO, (SE NEGO A FIRMAR).
LA SECRETARIA TEMPORAL, (Fdo.) firma ilegible. ABG. AMARILIS RODRIGUEZ.