REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 14 de Julio de 2011
201º y 152º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2007-001110.
PARTE ACTORA: MANUEL NEIRA (No Compareció).
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (No Compareció).
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS TECNICOS RYMCA, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL COLMENARES.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
Hoy, 14 DE JULIO DE 2011, SIENDO LAS 9:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: MANUEL NEIRA, titular de la cédula de identidad No.14.515.373, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia por la empresa demandada SERVICIOS TECNICOS RYMCA, C.A. mediante su apoderado judicial Abogado RAFAEL COLMENARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.704, según consta de instrumento poder otorgado por ante la Notaria Publica Quinta de Valencia Estado Carabobo, en fecha 29-03-06, bajo el No.59, Tomo.71, el cual presenta para su vista y devolución. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 201 ° y 152 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
La parte Compareciente.
EL SECRETARIO
ABG. ____________________
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