|

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

SENTENCIA DE INTERLOCUTORIA AMPARO.
EXPEDIENTE: GPO-2-2011-00082
PARTE AGRAVIDA: LENI CARBALLO, titular de la cedula de identidad N° V-17.614.759. NO ACUDIO.
PARTE AGRAVIANTE: CENTRO DE ESPECIALIDADES QUIRURGICAS SAN ANTONIO DE PADUA, C.A.
MOTIVO: AMPARO CONSTITUCIONAL.

En el día de hoy, 15 de julio del 2011 siendo las 12:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Continuación de la Audiencia de Amparo Constitucional, para que se diera el control de la prueba de informe que fue solicitada por el Fiscal Constitucional y acordada por el Tribunal. Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Sede Constitucional deja constancia de LA INCOMPARECENCIA DE LA AGRAVIADA DE AUTOS, COMO LO ES: LENI CARBALLO, titular de la cedula de identidad N° V-17.614.759. Aun estando presente las Procuradoras de Los trabajadores: Abg.: FABRICIANA NARVAEZ MARCANO e YRAIDA CASTILLO, inscritas en el IPSA bajo los Nos. 102.556 y 101.074 y el abogado GIANFRANCO CANGEMI, en su condición de Fiscal 81° del Ministerio Público con Competencia en Derecho y Garantías Constitucionales y Contencioso Administrativo, y la ciudadana MIRNA SOLANLLE ESPAÑA ROJAS, titular de la cédula de identidad No. V-7.060.563, en representación de el CENTRO DE ESPECIALIDADES QUIRURGICAS “SAN ANTONIO DE PADUA” C.A. debidamente asistida por el abogado OLIVER GREGORIO GOMEZ CONTRERAS; más no compareció la ciudadana LENI ESTHER CARBALLO PINZON.
Siendo la Parte Agraviada la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EN SEDE CONSTITUCIONAL en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el DESISTIMIENTO DE LA ACCION ...Se deja expresa de la comparecencia de la y la ciudadana MIRNA SOLANLLE ESPAÑA ROJAS, titular de la cédula de identidad No. V-7.060.563, en representación de el CENTRO DE ESPECIALIDADES QUIRURGICAS “SAN ANTONIO DE PADUA” C.A. debidamente asistida por el abogado OLIVER GREGORIO GOMEZ CONTRERAS;
Publíquese y Regístrese la presente decisión, el dìa 09 de Marzo de 2010. de hoy, (15) de Julio de 2011,
.
La Juez
La Secretaria


CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
H.D.D.