REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 28 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-001442
ASUNTO : RP01-P-2011-001442

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida a los acusados MIGUEL ANTONIO LÓPEZ ALCALÁ, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.345.925, natural de Cumaná, nacido en fecha 14/09/1989, de profesión u oficio técnico de refrigeración, residenciado en Caíguire, Las Pepitotas, Calle El Refugio, Casa S/N°, a dos casas de la Bodega El Refugio, Cumaná, Estado Sucre, teléfono: 0416-385.11.74, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de PANADERÍA LA NIÑA II, este Tribunal observa:

En fecha 27-06-2011, se recibió por ante este Juzgado, oficio Nro 069/2011 suscrito por la licenciada Nelizia D Augusta, representante de la Oficina de Participación Ciudadana, mediante la cual mediante la cual remite escrito suscrito por la ciudadana Andrea Henríquez, titular de la cédula de identidad Nro 8.484.087, candidata a escabino en la presente causa, mediante la cual informa que con ocasión al ejercicio de sus funciones como Coordinadora de Bienestar Estudiantil en la Unidad Educativa Bolivariana “Juan Rangel de Zerpa” solicita el tribunal tome en cuanta tales funciones que limitan cumplir con la función de escobina en la presente causa.

En el día tres (03) de Junio del año dos mil once (2011), se procedió a realizar de escabinos seleccionando a los siguientes candidatos primero: ADAIS DEL JESUS LUNAR REINALES Segundo: JOSE LEPOLDO BARRETO PALOMO; Tercero: ANDREA ELISA HENRIQUEZ FIGUEROA; Cuarto: FRANKLIN JOSE JIMENEZ LEMUS; Quinto: ANA ROSA DIAZ BETANCOURT; Sexto: MIRIAM CRISTINA BARRIOS RONDON; Séptimo: WILMER JOSE JIMENEZ; Octavo: ROY LUIS VASQUEZ SALAZAR; Noveno: ROCIO ANTONIETA RODRIUEZ DE LOZADA; Décimo: MARIA CAROLINA YEGRES DIAZ; Undécimo: NOHELIA DEL CARMEN PERDOMO GUEVARA; Duodécimo: JOSE ANTONIO ROMERO DONADO; Decimotercero: PASTOR RAMON CARABALLO ARAY ;Decimocuarto: VICTOR JOSE HERNANDEZ; Decimoquinto: ANTONIO JOSE MERCIE URBANEJA; Decimosexto: GELEN RAFAEL MARCANO.

Ahora bien, se observa que la ciudadana Andrea Henríquez plantea la posibilidad de que el tribunal considere la labor que realiza a los fines de que sea excusada del cumplimiento de la función de escabino, lo cual se ajusta al contenido del artículo 154 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:

Artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal:
Podrán excusarse para actuar como escabino:

1. Los que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación;
2. Los que realicen trabajos de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios;
3. Los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función;
4. Quienes sean mayores de 70 años.


En atención al contenido del numeral 3 del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, observa este Juzgador que los motivos de excusas alegados por la ciudadana Andrea Henríquez se subsumen en el ordinal 3 de la citada norma legal, por lo tanto, insistir este Tribunal en convocarla para el acto de Constitución del Tribunal Mixto resulta estéril, pues a la presente fecha ha acreditado que la mencionada ciudadana ejerce funciones de interés social que la limitar para ejercer la función de escobina, en razón de ello, este Tribunal declara Con Lugar la excusa planteada por la ciudadana Andrea Henríquez y se ordena su exclusión de la lista de candidatos a escabinos que resultaron seleccionados en el sorteo extraordinario celebrado en fecha (03) de Junio del año dos mil once (2011), como consta en acta inserta a los folios 189 y 190 de la pieza II de la presente causa; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA: CON LUGAR la excusa planteada por la Andrea Henríquez, titular de la cédula de identidad Nro 8.484.087, de la lista de candidatos a escabinos sorteados en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes; a la ciudadana Andrea Henríquez, y líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo. Cúmplase.-
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.
La Secretaria.

Abg. Lennys Marval.