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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 27 de Junio de 2011
 201º y 152º
 
 Vista la formación de la presente causa (Asunto N° AP41-U-2011-000141),  ordenada  en fecha 30/05/2011, relacionada con el Recurso Contencioso Tributario interpuesta en forma Subsidiaria con el Recurso Jerárquico por la ciudadana  Gladis Agnese Fernanda Campoli de Dini, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.539.332, actuando en su carácter  de Directora General de la contribuyente “PENTAGON SECURITY, C.A.”, debidamente asistida por la ciudadana Claudia Carol Compoli Prisco, venezolana, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 42.958, contra la Resolución N° 6557 de fecha 27-06-2005, emanada de la Gerencia  General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES)
 Visto, así mismo, que constan en autos las boletas de notificación libradas en la oportunidad correspondiente, las cuales cursan en los folios Nos: cuarenta y dos (42) al cuarenta y cuatro (44);  por cuanto las mismas aparecen debidamente firmadas y estando dentro de la oportunidad para la admisión del presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 267 del Código Orgánico Tributario, constatando el Tribunal que están llenos los extremos legales y se han cumplido los trámites y requisitos; no existiendo oposición por parte del organismo del cual emanó el acto recurrido; el Tribunal procede a la ADMISION del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto en la forma anteriormente señalada, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el artículo 267  y el siguientes eiusdem.
 Dado, firmado y sellado en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veintisiete (27) día del mes de junio del año Dos Mil Once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
 El Juez Titular,
 
 Ricardo Caigua Jiménez.
 La Secretaria,
 
 Hilmar Elena Rocha Esaá.
 La presente decisión se publicó en su fecha, a las tres (3:00 p.m.) horas de la tarde.
 La Secretaria,
 
 Hilmar Elena Rocha Esaá.
 
 Asunto N° AP41-U-2011-000141
 RCJ/astrid.
 
 
 
 
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