REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 17 DE JUNIO DE 2011.-
Años 201° Y 152°
Vista la diligencia suscrita por el abogado Nelxandro Román Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.341, mediante la cual solicita la citación de la ciudadana Victoria Cristina Salas Gasco, titular de cedula de identidad Nº 15.934.950, En virtud de la información suministrada por el Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME). En consecuencia este Tribunal acuerda lo solicitado en consecuencia ordena librar la correspondiente boleta de citación.
EL JUEZ,
DR. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.
Abg. RICHARS MATA.
VJG/RM/kelly
Exp. N° 10075
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 17 DE JUNIO DE 2011.-
Años 201° Y 152°
BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana VICTORIA CRISTINA SALAS GASCO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad Nº 15.394. 950, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su citación, en virtud, de haber sido admitida la solicitud de EXEQUÁTUR interpuesta por el ciudadano Virgilio Eduardo Utrera Badenes, mayor de edad, titular de cedula Nº V- 14.690.111, a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela a la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 93, de Madrid España, en fecha 03 de mayo del 2010; Citación que se le hace a usted, a los fines de que comparezca personalmente o por medio de apoderado hacerse parte en la presente solicitud y una ves que conste la consignación en los autos del presente expediente deberá comparecen dentro de los diez siguientes todo de conformidad con lo establecido en el articulo 853 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJG/RM/kl.
Exp. N° 10075