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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal   Cuadragésimo  Quinto  (45º)  de  Primera   Instancia  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, nueve  (09) de junio de dos mil once (2011)
 201º y 152º
 
 ASUNTO   : AP21-L-2010-004503
 
 Visto  la  comparecencia    por  una  parte  la  abogada  IRAIDA  TERESA  AGÜERO  BERARDINELLI, inscrita  en  el  Inpreabogado  bajo   el  número 47.316, representación  judicial  de  la  parte  demandada FEDERACION   VENEZOLANA  DE  GOLF y  por  la  otra  parte   la  ciudadana  ALEJANDRA DESIREE PEÑUELA  MAESTRE, titular  de  la  cédula  de  identidad número  16.670.206,  parte  actora  debidamente  representada  por  el  abogado RONALD  AROCHA,  inscrito  en  el  Inpreabogado  bajo  el  numero 100.715,  mediante  la  cual  la  parte  demandada  da  cumplimiento  de  la  sentencia  dicta  por   este  juzgado  en  fecha  tres  (03)  de  noviembre  de  dos   mil  diez  (2010),  haciendo  entrega  de  un  cheque  numero  17452509,  girado  contra   el  Banco  Mercantil,  de  fecha  08  de  junio  de  2011, por   la  cantidad  de Diecinueve  mil  quinientos   cuarenta   y  dos  con  68/100(  Bs 19.542,68)  a   favor  de  la  extrabajador ,la  diferencia   del monto  condenada  se  encuentra  acreditado  en  un  fedicomiso que  se  encuentra  en el  Banesco  Banco  Universal , por  la  cantidad   UN  MIL QUNIENTOS  TREINTA  Y  SIETE  BOLIVARES   CON 94/100 (  BS 1.537,94)que  será  retirado  por  la  ciudadana  extrabajadora. Así  mismo  la  representación  judicial  de  la  parte  demandada  consigna un  cheque   girado  contra   el  banco  Mercantil,  numero   59108166,  de  fecha  08  de  junio  de  2011,  por  la  cantidad  de  DOS  MIL  OCHENTA  BOLIVARES  EXACTOS    (2.080,00)   a  favor  del  experto  contable  licenciado  PEDRO  ALVAREZ. Ambas  partes  solicitan  la  Homologación  del  cumplimiento.   Este  tribunal  visto  el  cumplimiento  voluntario  por  parte  de   la  empresa   demandada  LO  HOMOLOGA en  todos   y  cada  unos  de  los  términos  expuestos  Y  dará  por  terminada  la  causa  una  vez  que  conste   la  manifestación  de la extrabajadora  de  haber  retirado  el  fedicomiso.  ASI  SE  ESTABLECE
 La Juez
 
 El Secretario
 
 Abg. Luisa Avila
 
 
 Abg. Nelson Delgado
 
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