REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Carora)
Carora, 29 de junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: KP11-P-2010-003492
ASUNTO: KP11-P-2010-003492

Vista la solicitud de entrega de vehículo que cursa en el presente asunto, por la ciudadana: HERMANA DULCE HERCILIA PEREZ, C.I Nº 1.437.479, en su condición de Representante de la ASOCIACION CIVIL HERMANITAS DE LOS POBRES, de un vehículo que presenta las siguientes características: CLASE: RUSTICO; TIPO: TECHO DURO; MARCA: JEEP; MODELO: CJ7, AÑO: 1986, COLOR: VERDE, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: 8YACE88HXGV033997, SERIAL DE MOTOR: 6CIL, PLACA: HAM404, este Tribunal de Control No.12, se ABOCA, al conocimiento de la presente causa, en virtud de la rotación anual de Jueces, Oficio Nº 241/2011, pasa a decidir en los siguientes términos:

La presente averiguación se inicia en fecha 28 de Octubre de 2010, cuando La Fiscalía Octava del Ministerio Público de este Estado, tuvo conocimiento en virtud del procedimiento realizado por los Funcionarios adscritos a la GNBV, en el Punto de Control Móvil, instalado en la Av. Francisco de Miranda, frente al Club Kilovatico de esta ciudad de Carora, quienes dejan constancia que, observan un vehículo, marca: Jeep, modelo C-J7, placa HAM404, COLOR VERDE, conducido por Castro Arispe Jorge Luís, C.I Nº 5.920.799, a quien le indican que se detuvieran ya que serían objeto de una requisa minuciosa, al efectuarle la revisión observan que el vehículo presenta el serial de carrocería suplantado, razón por la cual la colocan a la orden de la Fiscalía 8º del Ministerio Público

Cursa al folio 39 Y 40, Experticia de Reconocimiento Peritaje Mecánico y Diseño, practicada por funcionarios adscrito al U.E.V.T.T.T, Nº 51, SECTOR OESTE GNBV, Experto SGTO/MAYOR JONAS ANTONIO CAMACARO, en la que concluye:
1.- Presenta Chapa serial carrocería en la pedalera se encuentra ORIGINAL.
2.- Presenta Serial en tablero ORIGINAL.
3.- Presenta Serial el Chasis ORIGINAL.
NOTA: El vehículo PRESENTA TRABAJO DE REPARACIÓN EN LA PUNTA DEL CHASIS DONDE SE ENCUENTRA EL SERIAL LADO IZQUIERDO.
4.- Presenta Serial del Motor ORIGINAL.
5.- Porta dos placas ORIGINALES.
El Vehículo antes descrito fue verificado ante el sistema computarizado SIPOL, no se encuentra solicitado.

Cursa al folio 30, Experticia de Reconocimiento Legal del Vehículo de fecha 29-10-2010, Nº CR4.D47.3RA.CIA.SIP.Nº S/N, realizada por la GNBV, experto SM/2DA JIMENEZ PRIMITIVO, en el cual concluye:

1.- El serial de Seguridad se encuentra ORIGINAL SUPLANTADO.
2.- El serial del Chasis se encuentra ORIGINAL INSERTADO.
3.- La Placa identificador VIN se encuentra ORIGINAL SUPLANTADO.
4.- El Serial del Motor se encuentra ORIGINAL.

Cursa al folio 30, Experticia de Autenticidad o Falsedad de Certificación de Registro de Vehículo Nº 28478837, realizada por el CICPC en fecha 19-11-2010, Nº 9700-127-DC-UD-1702-11-10, Experto Ramón Sánchez, el cual concluye:
El Certificado de Registro de Vehículo, signado con el Nº 8YACE88HXGV033997-1-2, SOPORTE Nº 28478837, Nº de Producción INTTT Nº 7418682, A NOMBRE DE ASOC. CIVIL HERMANITAS DE LOS POBRES, Cédula J009353230 ES AUTENTICO.

Cursa al folio 51 experticia de Reconocimiento Nº 9700-076-0350-10, realizada por el CICPC, experto T.S.U SIVIRA ALVARADO HECTOR JOSE, de fecha 02-12-2010, en la cual concluye:
1.- El Serial de Carrocería troquelado en el BODY identificador, se encuentra en su estado ORIGINAL, Asimismo dicho BODY se encuentra SUPLANTADO.
2.- El Serial de la Carrocería troquelado en el Chasis, se encuentra FALSO, por agregado.
3.- El Serial del motor se encuentra ORIGINAL.

Cursa al folio 84 Certificación de Datos e Historial del Vehículo CLASE: RUSTICO; TIPO: TECHO DURO; MARCA: JEEP; MODELO: CJ7, AÑO: 1986, COLOR: VERDE, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: 8YACE88HXGV033997, SERIAL DE MOTOR: 6CIL, PLACA: HAM404, SE REGISTRA a nombre de ASOC. CIVIL HERMANITAS DE LOS POBRES, RIF Nº J-935323.

Al folio 54 del presente asunto, la Fiscalía 8º del Ministerio Público, emite el siguiente pronunciamiento: “…acordó negar la entrega del vehículo - El vehículo que presenta las siguientes características: CLASE: RUSTICO; TIPO: TECHO DURO; MARCA: JEEP; MODELO: CJ7, AÑO: 1986, COLOR: VERDE, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: 8YACE88HXGV033997, SERIAL DE MOTOR: 6CIL, PLACA: HAM404. Visto la incertidumbre que presenta el vehículo al arrojar la experticia resultados negativos.

Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que solo existe un solicitante que es ASOC. CIVIL HERMANITAS DE LOS POBRES, RIF Nº J-935323, en la persona de su presidenta TERESA FAJARDO BUITRIAGO, C.I Nº 3.793.113, en su condición de representante legal de dicha Asoc. Civil.

Ahora bien, de las experticias realizadas al mencionado vehículo las mismas nos indican que estamos en presencia de un Vehículo que presenta irregularidades, tal situación crea dudas para esta Juzgadora, a los fines de la entrega, sin embargo los documentos presentados por el solicitante y del cual se hace referencia, lo que aporta a este Tribunal, es la buena fe del solicitante. Por lo que este Tribunal proceda a hacer la entrega en PLENA PROPIEDAD, a ASOC. CIVIL HERMANITAS DE LOS POBRES, RIF Nº J-935323, en la persona de SUS APODERADOS JUDICIALES MARIO JOSE ALEJANDRO QUERALES SALAS, C.I Nº 11.999.557, O JORGE LUIS CASTRO ARISPE, C.I Nº 5.920.799. Y así se decide.

DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.12 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en PLENA PROPIEDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a ASOC. CIVIL HERMANITAS DE LOS POBRES, RIF Nº J-935323, en la persona de SUS APODERADOS JUDICIALES MARIO JOSE ALEJANDRO QUERALES SALAS, C.I Nº 11.999.557, O JORGE LUIS CASTRO ARISPE, C.I Nº 5.920.799. Domiciliada en la calle Bolívar, en la casa Hogar San José de Las Hermanitas de los Pobres, Carora, Estado Lara. Segundo: Oficiar al Estacionamiento judicial Inversiones Cupertina, C.A, Carora, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del Vehículo: CLASE: RUSTICO; TIPO: TECHO DURO; MARCA: JEEP; MODELO: CJ7, AÑO: 1986, COLOR: VERDE, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: 8YACE88HXGV033997, SERIAL DE MOTOR: 6CIL, PLACA: HAM404.
Sírvase entregar los documentos originales del vehículo solicitado.
Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZ DOCE DE CONTROL

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO.



LA SECRETARIA