REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En el día de hoy, 08/06/2011, siendo las 9:15 a.m., se constituyó este Juzgado integrado por la abogada Milagro de Jesús Vargas, en su condición de Juez Tercero Ejecutor de Medidas del Estado Lara y el abogado Rafael Sánchez, Secretario Titular del despacho, a fin de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por Cobro de Bolívares Vía Intimación, intentada por el ciudadano Raúl Lugo, en contra del ciudadano José Oviedo; en la siguiente dirección: Carrera 31 entre Calles 29 y 30, N° 29-143, Barquisimeto Estado Lara, acompañados la abogada actora Ruth Gamez, Inpre 131.381, Juan Colmenarez, en su carácter de representante de la Depositaria Judicial Yacambú, C.A. y Omar Parra, designados y juramentados depositario y perito respectivamente, asimismo de los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. Impuesta del acto Rosa Acosta, C.I 4.068.401, (esposa del demandado) comunicándose vía telefónica con el demandado. La actora señaló bienes hasta por la cantidad de Bs. 6000,oo, el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declaró el embargo preventivo de los mismos los cuales fueron avaluados por el perito en la cantidad antes descrita, e identificados en el acta levantada en el sitio. Presente el ciudadano José Oviedo asistido de la abogada Yelitza Pérez, Inpre 158.700 hizo ofrecimiento de pago de la deuda demandada y solicitó que los bienes embargados quedaran bajo su guarda y custodia, lo cual fue aceptado por la actora en los términos expuesto. Ambas partes solicitaron la homologación del convenimiento, acordando el Tribunal la devolución de la comisión al comitente con oficio. A las 11:51 a.m terminó el acto.-