En horas de despacho del día de hoy, SIETE (07) de Junio de dos mil Once (2011), siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la sede del Estacionamiento Nueva Patria, C.A., ubicado en la Vía Principal El Roble, Sector La Glorieta, Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, en compañía del Abogado JOSE LEONARDO GONZALEZ LUCIANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.202, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de LUIS AMERICO RIVAS RANGEL, a fin de practicar la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el comitente. Presente la ciudadana SOLIMARU FINALUNAY VELOZ ARRIECHE, titular de la Cédula de Identidad N° 14.303.106, a quien en su carácter de Encargada del estacionamiento, se le notificó de la misión a realizar. En este estado interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal se sirva designar a la Depositaria Judicial La Valenciana, C.A. y Perito Avaluador. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente se designa a la Depositaria Judicial La Valenciana, C.A., representada en este acto por Mary Riera, titular de la Cédula de Identidad N° 5.937.794 y como Perito Avaluador a Noris Riera, titular de la Cédula de Identidad N° 11.702.204, quienes estando presentes aceptan el cargo y prestan el juramento de Ley. El Tribunal se encuentra acompañado de una comisión de la Policía de Carabobo, integrada por dos funcionarios a cargo del Cabo Segundo Ramírez Leonardo, placa N° 2318. En este estado interviene la parte actora y expone: Señalo para ser Embargado Ejecutivamente un vehículo Marca: Ford, Modelo: F-350, Año: 1981; Clase: Camión; Tipo: Plataforma; Uso: Carga; Color: Rojo; serial Motor: 6 CIL; Serial Carrocería: AJF37B53872; Placa: 579ABF, propiedad del demandado JHONNY ALBERTO MOLERO, previo avalúo del perito. En este estado interviene el Perito Avaluador y expone: Avalúo el vehículo señalado en la cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs. 52.000,), haciendo constar que el mismo presenta las siguientes características: Cauchos en regular estado de conservación y sin repuesto, posee cava color Blanco que en su parte lateral izquierda esta abollada, tapicería rota en la parte del chofer, parachoque delantero oxidado, parrilla partida, le falta el aro faro derecho, le faltan los cocuyos delanteros, igualmente la tapa del radiador, guardafango delantero izquierdo se encuentra fondeado en color blanco, la puerta del piloto chocada y le falta la chapa body. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente se declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el vehículo Marca: Ford, Modelo: F-350, Año: 1981; Clase: Camión; Tipo: Plataforma; Uso: Carga; Color: Rojo; serial Motor: 6 CIL; Serial Carrocería: AJF37B53872; Placa: 579ABF, y lo pone en posesión de la depositaria designada para su guarda y custodia, quien procede a trasladarlo a la sede de la depositaria. En este estado interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal que se sirva devolver la comisión al comitente, toda vez que el monto embargado cubre lo adeudado. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 11:30 de la mañana el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA,

DRA. NINOSHKA ZAVALA
LA PARTE ACTORA,
LA DEPOSITARIA,
EL PERITO,

LA NOTIFICADA,

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


LA SECRETARIA,

ABG. ZORKA CARBONELL