REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinte de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: GP02-L-2011-000845
PARTE ACTORA: JOSE LUIS FACHIN OLAVARRIA
APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: DULCE MARIA ALVAREZ Y ENRIQUE JOSE VALERA
PARTE DEMANDADA: FINCA AGROPECUARIA EL HOYO (NO ASISTIO)
APODERADO DE LA DEMANDADA: (NO ASISTIO)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

ACTA
En el día hábil de hoy veinte (20) de junio de dos mil once, siendo las 11:00 am., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentran presente los apoderados judiciales del demandante DULCE MARIA ALVAREZ Y ENRIQUE JOSE VALERA, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 19.974 y 54.749 respectivamente y consigna sus pruebas. En este estado el Tribunal deja constancia de la NO-COMPARECENCIA a la Audiencia de la parte demandada AGROPECUARIA EL HOYO ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, paso a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA, por el ciudadano: JOSE LUIS FACHIN OLAVARRIA contra la demandada FINCA AGROPECUARIA EL HOYO condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos:

A) Antigüedad del Artículo 108 de la LOT:
95 días por salario Integral de cada mes = Bs. 17.887,96

A1) Intereses sobre Prestación de Antigüedad:

Bs. 2.464,53


B) Vacaciones y Bono Vacacional Vencido:
22 Días por salario diario de Bs. 216,67 = Bs. 4.766,74

B1) Vacaciones y Bono vacacional Fraccionados:

11 días por salario diario de Bs. 216,67 = Bs. 2.383,37


C) Utilidades Fraccionadas 2008, Utilidades Vencidas 2009 y Utilidades Fraccionadas 2010:

26,25 días por salario diario de Bs. 216,67 = Bs. 5.687,58

D) Indemnizaciones que establece el articulo 125 de la LOT:

60 días por salario de Bs. 230,51 = Bs. 13.830,60
45 días por salario de Bs. 230,51 = Bs. 10.372,95

Estos conceptos suman la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.57.393,73) todo en virtud de la relación de trabajo que lo unió con la demandada FINCA AGROPECUARIA EL HOYO desde el 27 de julio de 2008 hasta el 30 de Abril de 2010. De igual manera este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, aplicando los criterios reiterados por la Jurisprudencia de nuestro máximo tribunal sobre indexación, este Tribunal lo acuerda y será calculada desde el decreto de Ejecución hasta su materialización, entendiéndose por esto ultimo la oportunidad de pago efectivo y así se decide por el monto de Bs. 57.393,73 y por estas razones se ordena mediante experticia complementaria al fallo, la cual se debe practicar considerando: 1º) Será realizada por un único perito designado por el Tribunal; 2) El Perito considerará las tasas de interés fijada por el Banco Central de Venezuela, y solo deben excluirse de dicho monto los periodos en los cuales la causa se encuentra suspendida por acuerdo de ambas partes, pues en dicha suspensión sí tiene responsabilidad el trabajador o hechos fortuitos o fuerza mayor, y en el presente caso no ocurrió. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. No Se condena es Costas. Años 201º y 152º.
LA JUEZ . Los Comparecientes

KYBELE K. CHIRINOS MONTES




LA SECRETARIA,