REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 04 DE MARZO DE 2011.-
Años 200° Y 151°
Vista la diligencia suscrita en fecha 02 de marzo de 2011, por el abogado Felix Ferrer Salas, inscrito en el Inprebogado bajo el Nº 25.032, apoderado de la parte actora, mediante la cual se da por notificado de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 15 de diciembre de 2010, asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte demandante, en consecuencia, se ordena la notificación de la ciudadana Lidia Maria Goncalves Da Silva, o en la persona de su apoderado judicial de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. De igual manera solicitó copia certificada de la referida decisión. En consecuencia se ordena, expedir por secretaría las copias certificadas con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto; Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO
RICHARS MATA
VGJ/RM/kl. Exp: 10021
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 04 DE MARZO DE 2011.-
Años 200° Y 151°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana LIDIA MARIA GONCALVES DA SILVA, o a su apoderada judicial abogada YRAIMA RODRIGUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N. 64.597, parte demandada, en el juicio que por Partición, sigue en su contra el ciudadano Antonio De Sousa Ponte, sustanciado en el expediente signado con el número 10021, nomenclatura llevada por este Tribunal; Este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, en virtud de la sentencia proferida en fecha 15 de Diciembre de 2010.
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl.
Exp. 10021