REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
PODER JUDICIAL
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición 
 
Caracas, Treinta y uno (31) de Marzo del 2011
 
200º y 152º
 
 
ASUNTO: AP51-V-2009-012793
 
 
Revisadas las actas procesales que conforman  el presente asunto, habiéndose realizado una audiencia extraordinaria de Mediación y vista el ACTA DE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN suscrito por  los ciudadanos JONIRAY TOVAR LÓPEZ y JAVIER ENRIQUE GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, de este  domicilio y  titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.146.476  y V-7.127.661 respectivamente, a favor de sus hijos (Se omite el nombre de los niños por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en los mismos términos, fines y condiciones expuestos por las partes, el cual queda establecido en MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) MENSUALES; se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada  de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Con la presente resolución se dá por terminado el presente asunto. Cúmplase.-
 
LA JUEZ
 
 
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
 
                                                                                LA SECRETARIA
 
 
                                                                    Abg. ADRIANA MIRELES
 
LCD/AM/Abg. Tania Montero
 
 
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