REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 16 de Marzo de 2011.
Años: 200° y 152°
Expediente No. 3.735-10
Desalojo.
Visto el Convenimiento formulado por el ciudadano: JOHANAN DAVID SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.642.524, asistido por la Abogado en ejercicio ZULAY MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 153.042, el cual cursa al folio 68 del presente expediente, y la aceptación de dicha actuación expresada por el apoderado judicial de la parte demandante, el Abogado en ejercicio AARON SOTO GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.422, y por cuanto la antes mencionada actuación no son contraria a derecho y versan sobre derechos disponibles, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencias del archivo de este Tribunal. Archívese la causa en su oportunidad.- Cúmplase.-
La Jueza.
Abg. Dulce Maria Montero Vivas.
El Secretario
Abg. Lucio Torres Armeya.
Seguidamente se dio cumplimiento con lo ordenado.
El Secretario
Abg. Lucio Torres Armeya.