Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado. Carabobo.


SOLICITANTE (S): MARIA MARINA DIAZ SERRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.866.714, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio WILLIAM ANTONIO TELLECHEA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 115.549, ambos de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDERA UNIVERSAL
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 4519.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 12 de enero de 2011, por la ciudadana MARIA MARINA DIAZ SERRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.866.714, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio WILLIAM ANTONIO TELLECHEA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 115.549, ambos de este domicilio, mediante el cual solicita sea declarada como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” en su condición de concubina sobreviviente, del de cujus, EFE JOTA JIMENEZ MAVAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-3.831.423, quien falleció ab-intestato, el Municipio Valencia, Estado Carabobo, en fecha 09-07-2010. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos, ciudadanos MEDINA EMIRO y RODRÍGUEZ de PÉREZ CARMEN DOLOREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.046.294 y V-3.207.145 respectivamente, ambos de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana MARINA DIAZ SERRADA, supra identificada, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” del difunto EFE JOTA JIMENEZ MAVAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-3.831.423, quien falleció ab-intestato, el Municipio Valencia, Estado Carabobo, en fecha 09-07-2010, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 122, Tomo I, Año 2.010, en los Libros de Registro Civil de la parroquia Santa Rosa, del Municipio Valencia del estado Carabobo, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los quince (15) días del mes de marzo del año dos mil once (2.011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:45 horas de la mañana.-
La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.