REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Veintiuno de Marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: GP02-L-2011-000343
Vista la diligencia, de fecha 11 de Marzo de 2011, suscrita por el abogado HECTOR BARCENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 137.747, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la empresa PHARSANA DE VENEZUELA, C.A., mediante la cual Desiste del presente procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO, contra el ciudadano GINO EDUARDO TALAMO GUARAMACO, por lo que solicita al tribunal Homologue el Desistimiento y el archivo del expediente en los términos indicados.
Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
Abg. JOSE DARIO CASTILLO S
LA SECRETARIA
Abg. TEYLU SEPULVEDA
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