REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, Diecisiete (17) de Marzo de dos mil once
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-002132
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO TOVAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ZULAY LÓPEZ
PARTE DEMANDADA: AGROFINCA SAN FRANCISCO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS LAYA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto el escrito transaccional que antecede suscrito por la abogada en ejercicio ZULAY LÓPEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 78.450, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE GREGORIO TOVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.368.790, en su carácter de parte actora y por la parte demandada AGROFINCA SAN FRANCISCO, C.A., asistido por el abogado en ejercicio CARLOS LAYA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 135.540, mediante el cual dejan constancia de la cancelación de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales.
En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
La Juez.,
ABG. MARÍA EUGENIA NÚÑEZ BRICEÑO
La Secretaria.,
Abg. Dayana Tovar.
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