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ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-002078
 PARTE ACTORA: YESSICA ROJAS PALMA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO
 PARTE DEMANDADA: HOSPTAL DE CLINICAS CARACAS, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VINICIO AVILA RODRIGUEZ y DIEGO MEJIAS
 MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS
 
 En el día hábil de hoy, veintisiete (27) de mayo de dos mil once (2011), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen por ante este Despacho los Abogados VINICIO AVILA RODRIGUEZ y DIEGO MEJIA, inscritos en el I.P.S.A., bajo el N° 78.181 y 23119, respectivamente, quienes presentaron instrumento poder del cual se desprende su representación, que se agrega a los autos con la presente acta. En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana YESSICA ROJAS PALMA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201° y 152°.
 EL JUEZ
 
 ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
 LA PARTE DEMANDADA
 
 LA SECRETARIA
 
 ABG. KEYU ABREU
 
 
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